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DEDUCCIÓN POR OBRAS DE CONSERVACIÓN/MEJORA EN VIVIENDA HABITUAL 1

Consulta: 

¿En qué consiste la deducción por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual?

Respuesta corta: 

Los contribuyentes residentes en la Comunidad Valenciana pueden aplicar una deducción por las obras realizadas desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015 en la vivienda habitual de la que sean propietarios o titulares de un derecho real de uso y disfrute, o en el edificio en la que ésta se encuentre, siempre que tengan por objeto su conservación, o la mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad, en los términos previstos en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril.

La cuantía de la deducción será:

El 10 por 100 de las cantidades satisfechas en 2015 por las obras realizadas en 2014.

El 25 por 100 de las cantidades satisfechas en 2015 por las obras realizadas en ese año.

No dan derecho a la deducción:

- Las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

- Las inversiones para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual a las que resulte aplicable la deducción autonómica por inversiones para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual.

- La parte de la inversión financiada con subvenciones públicas.

La base de la deducción está constituida por las cantidades satisfechas a las personas o entidades que realicen las obras, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito. No dan derecho a la deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.

La base de la deducción no puede exceder de las cantidades indicadas en la pregunta 136310.

Para poder aplicar la deducción deben cumplirse los siguientes requisitos:

- Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no sea superior a 25.000 euros si la tributación es individual o a 40.000 euros en caso de tributación conjunta.

- Que se identifique, mediante su número de identificación fiscal, a las personas o entidades que realicen materialmente las obras.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
136309