¿En qué casos puede aplicarse en 2015 la deducción autonómica por obras de mejora en viviendas?
La deducción autonómica por obras de mejora en viviendas sólo ha sido establecida respecto a las cantidades satisfechas en 2012 por las obras realizadas en ese año, por lo que no puede aplicarse por las cantidades satisfechas en 2015.
No obstante, la deducción podrá aplicarse por las cantidades satisfechas en 2012 sobre las que todavía no se haya efetuado la deducción por haber excedido de la base máxima anual de la misma, en ese año y en los siguientes, resultante de la base imponible del contribuyente.
La deducción aplicable en 2015 deberá ajustarse a las siguientes reglas:
1º) La base máxima anual de la deducción aplicable en 2015 no podrá superar las siguientes cuantías:
a) Cuando la base imponible sea igual o inferior a 53.007,20 euros: 6.750 euros.
b) Cuando la base imponible esté comprendida entre 53.007,20 y 71.007,20 euros: 6.750 euros menos el resultado de multiplicar por 0,375 la diferencia entre la base imponible y 53.007,20 euros.
2º) En ningún caso, la base acumulada de las deducciones aplicadas en 2012, 2013, 2014 y 2015 podrá exceder de 20.000 euros por vivienda. Cuando concurran varios propietarios con derecho a practicar la deducción respecto a una misma vivienda, el límite de 20.000 euros se distribuirá entre ellos en función de su porcentaje en la propiedad del inmueble.
El importe de la deducción será el 5 por 100 de la base de la deducción determinada según lo expuesto.
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