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DEDUCCIONES INVERSIÓN VIVIENDA Y DISCAPACIDAD: INCOMPATIBILIDAD

Consulta: 

Si el contribuyente con discapacidad aplica la deducción autonómica por las cantidades satisfechas en la adquisición o adecuación de su vivienda habitual ¿los familiares con los que conviva (cónyuge, ascendientes o descendientes) pueden aplicar la deducción por las cantidades satisfechas en la adquisición o adecuación de dicha vivienda?

Respuesta corta: 

No. En los casos en que la inversión en la adquisición o adecuación de la vivienda habitual se realice por parte del contribuyente con discapacidad y de las personas que con él convivan, el primero tendrá prioridad en la aplicación de la deducción, de modo que la deducción por parte de contribuyentes con personas con discapacidad a su cargo, únicamente resultará de aplicación si la persona con discapacidad no realiza inversión alguna o no se aplica la deducción correspondiente (por no presentar declaración de IRPF, por insuficiencia de cuota, etc.).

Por ejemplo, si un matrimonio en gananciales satisface 20.000 euros por la compra de la vivienda habitual y uno de los cónyuges es una persona con una discapacidad de grado igual o superior al 65 por 100, tanto en tributación individual como en la conjunta sólo procederá aplicar la deducción por la parte de la inversión que corresponde al cónyuge con discapacidad (10.000 euros).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
135973