El contribuyente tiene el derecho de superficie por 99 años de un apartamento sito en una estación invernal. El terreno donde está edificado es de propiedad municipal. Imputación de renta inmobiliaria correspondiente al apartamento.
En el supuesto planteado, el consultante es propietario del derecho real de disfrute, el de superficie, de un apartamento edificado en terreno ajeno. Puesto que no se trata de su vivienda habitual, ni de inmueble afecto a una actividad económica, ni generador de rendimientos de capital inmobiliario, resultará procedente la imputación de la renta inmobiliaria recogida en la norma citada.
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