¿Cuándo se produce la supresión del régimen de las sociedades patrimoniales?
La derogación del régimen de las sociedades patrimoniales tiene lugar para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2007.
En definitiva, con la eliminación del régimen de las sociedades patrimoniales, cuando un contribuyente realice sus inversiones o lleve a cabo sus actividades a través de la forma societaria, la tributación será la que corresponda aplicando las normas generales del Impuesto sobre Sociedades sin ninguna especialidad, dado que la elección de la forma jurídica responderá no tanto a motivos fiscales sino económicos. No obstante, se regula un régimen transitorio al objeto de que estas sociedades puedan adoptar su disolución y liquidación sin coste fiscal.
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