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DESCALIFICACIÓN DE V.P.O.

Consulta: 

Para obtener la descalificación de una V.P.O. el interesado debe reintegrar ciertas cantidades: I.T.P., subvenciones, intereses subvencionados e intereses de demora correspondientes a los conceptos anteriores. Tratamiento fiscal de estas cantidades.

Respuesta corta: 

De los gastos satisfechos por el contribuyente por la descalificación de la vivienda, darán derecho a deducción aquellos inherentes a la adquisición (que en su día no fueron satisfechos por tratarse de una vivienda de protección oficial), en este caso: I.T.P. de acuerdo con esto los intereses de demora no serán gasto deducible sino que se trata de una disminución de patrimonio. En cuanto a la devolución de subvenciones tampoco tendrán la consideración de gasto deducible sino que constituirá también una perdida patrimonial, de la misma manera que cuando se otorgaron constituyeron ganancia patrimonial.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
136702