¿Qué deducción se establece para los gastos realizados en la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales?
Los gastos realizados en la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales tendrán una deducción del 20%.
La base de la deducción estará constituida por los costes directos de carácter artístico, técnico y promocional incurridos en las referidas actividades.
La deducción generada en cada período impositivo no podrá superar el importe de 500.000 euros por contribuyente.
La base de esta deducción se minorará en el importe de las subvenciones recibidas para financiar los gastos que generen el derecho a la misma.
El importe de esta deducción, junto con las subvenciones percibidas por el contribuyente, no podrá superar el 80% por ciento de dichos gastos.
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