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DEVOLUCIÓN DE DEDUCCIONES POR PÉRDIDA DERECHO

Consulta: 

Contribuyente que pierde el derecho por las deducciónes practicadas por adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual o por aportaciones a cuenta vivienda ¿Cómo debe regularizar su situación tributaria?

Respuesta corta: 

Cuando, en períodos impositivos posteriores al de su aplicación se pierda el derecho, en todo o en parte, a las deducciones practicadas, el contribuyente estará obligado a sumar a la cuota líiquida estatal y a la cuota líquida autonómica o complementaria devengadas en el ejercicio en que se hayan incumplido los requisitos, las cantidades indebidamente deducidas más los intereses de demora a que se refiere el artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136888