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DONATIVOS CONGREGACIONES Y ÓRDENES RELIGIOSAS

Consulta: 

¿Son deducibles las donaciones efectuadas a congregaciones y órdenes religiosas, independientemente de la actividad que realicen?

Respuesta corta: 

Si, son deducibles las cantidades donadas siempre y cuando se destinen al culto, a la sustentación del clero, al sagrado apostolado y al ejercicio de la caridad. Esta deducción requiere justificación documental adecuada. La deducción aplicable será del 25%.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
137036