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DOTACIÓN. COMPATIBILIDAD CON ART. 42 LIS

Consulta: 

¿Es posible practicar deducción por reinversión de beneficios extraordinarios tomando como base rentas que se han beneficiado de la reducción en base imponible por la dotación de la reserva para inversiones en Canarias?

Respuesta corta: 

No. Son incompatibles.

Las rentas obtenidas en la enajenación de elementos del inmovilizado que no se hayan integrado en la base imponible por aplicación de la reducción por cantidades destinadas a la reserva para inversiones en Canarias, no formarán parte de la base de cálculo de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.

Igualmente, no formará parte del beneficio que se puede destinar a dotar la RIC el generado en la transmisión de elementos patrimoniales cuando la renta correspondiente se acoja a la deducción del art. 42 TRLIS.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 27 Ley 19 / 1994 , de 06 de julio de 1994 .
Artículo primero Real Decreto Ley 12 / 2006 , de 29 de diciembre de 2006 .
Artículo 5 Reglamento de desarrollo Real Decreto 1758 / 2007 , de 28 de diciembre de 2007 .
Artículo 42 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta de la D.G.T. 1031 - 02 , de 05 de julio de 2002
ID: 
129428