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DURACIÓN MÍNIMA DEL CONTRATO

Consulta: 

¿Tienen algún requisito temporal los contratos de arrendamiento financiero a los que les es de aplicación este régimen tributario especial?

Respuesta corta: 

Los contratos de arrendamiento financiero a los que resulta de aplicación el régimen tributario especial tendrán una duración mínima de:

  • dos años, cuando tengan por objeto bienes muebles.
  • diez años, cuando tengan por objeto bienes inmuebles o establecimientos industriales.

No obstante, reglamentariamente, para evitar prácticas abusivas, se podrán establecer otros plazos mínimos de duración en función de las características de los distintos bienes que puedan constituir su objeto.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 106 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
ID: 
135902