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EDIFICACIONES. ENTREGA: NAVE INDUSTRIAL

Consulta: 

Sociedad anónima dedicada a carpintería compra un solar sobre el que construye una nave para la actividad. Posteriormente desea transmitirla. ¿Tributa por IVA o ITP? Está en régimen general.

Respuesta corta: 

Las segundas y ulteriores entregas de edificaciones, incluidos los terrenos en que se hallen enclavadas, están exentas de IVA y sujetas a ITP, sin perjuicio de la posible renuncia a la exención.

No obstante, si el empresario actuó como promotor y transmitió el solar y la nave antes de la utilización ininterrumpidamente por un plazo de dos años, se considerará primera entrega de bienes sujeta al IVA y no exenta.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
106766