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EJECUCIÓN DE OBRA CON APORTACIÓN DE MATERIALES: BIENES INMUEBLES

Consulta: 

¿Cuándo se considera entrega de bienes la ejecución de obra de construcción de un inmueble?

Respuesta corta: 

Se considera entrega de bienes la ejecución de obra que tenga por objeto la construcción o rehabilitación de una edificación (definida en el artículo 6 de la Ley 37/1992, del IVA), cuando el empresario que ejecute la obra aporte materiales cuyo coste exceda del 40% de la base imponible. (33% en operaciones anteriores al 1 de septiembre de 2012).

Respuesta extendida: 
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ID: 
130201