Una empresa irlandesa encarga a una empresa española la confección de un molde, para que luego con ese molde la empresa española fabrique piezas a los irlandeses. ¿La factura de los españoles a los irlandeses por la fabricación del molde debe llevar IVA?
La fabricación del molde constituye una ejecución de obra con aportación de materiales, que tiene la consideración de entrega de bienes. Es una operación interior sujeta y no exenta al no haberse transportado el molde a Irlanda, sin perjuicio de la posibilidad de que la empresa irlandesa obtenga la devolución del IVA soportado si se cumplen los requisitos del art. 119 ley 37/1992.
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