¿Cómo se calculará la amortización de los elementos patrimoniales considerados usados, adquiridos a entidades pertenecientes a un mismo grupo de sociedades?
Tratándose de elementos patrimoniales usados adquiridos a entidades pertenecientes a un mismo grupo de sociedades en el sentido del artículo 67 de la ley del impuesto, la amortización se calculará sobre el precio de adquisición o coste de producción originario, excepto si el precio de adquisición hubiese sido superior al originario, en cuyo caso la amortización deducible tendrá como límite el resultado de aplicar al precio de adquisición el coeficiente de amortización lineal máximo.
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