Si hay que declarar a nivel de House ¿Quién debe presentar la ENS?.
La obligación de presentar la ENS sigue siendo del transportista.
En aquellos casos, en que el transportista haya expedido un Master a un forwarder que, a su vez ha expedido varios Houses para el mismo, el transportista tiene dos opciones:
a) Acordar con el forwarder que le remita los datos necesarios para enviar la ENS en plazo, siendo responsable de la exactitud y veracidad de los mismos, o
b) Acordar con el forwarder que sea éste quien remita la ENS en su lugar en base a la información que posee (House). En este caso, el transportista debe asegurarse de que la ENS se presenta en plazo pero, una vez presentada, el forwarder será quien responda de la exactitud y veracidad de su contenido.
Una vez presentada la ENS, el forwarder deberá comunicar el MRN asignado al transportista, para que éste pueda incluirlo en la DSDT que presente cuando llegue al TAC.
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