¿Pueden presentar otras personas las ENS en lugar del transportista?
La ENS puede ser presentada por
. el importador o consignatario, o cualquier otra persona en cuyo nombre o por cuya cuenta actúe el transportista;
. cualquier persona que esté en condiciones de presentar o de disponer que se presenten las mercancías de que se trate ante la aduana de entrada.
Pero ello no exime al transportista de su responsabilidad respecto a la presentación de la ENS. Es decir, puede acordar con un tercero que éste presente la ENS en su lugar pero, debe asegurarse de que la misma se presenta dentro del plazo estipulado. Por tanto, la ENS podrá ser presentada por un tercero distinto del transportista sólo con el conocimiento y la autorización del transportista.
En casos específicos, cuando no puedan obtenerse todos los datos necesarios del transportista o de las personas anteriores, podrá requerirse a otras personas que dispongan de esos datos, y de los derechos correspondientes para facilitarlos, que los proporcionen.
No obstante, una vez presentada, el tercero que la haya presentado será responsable de la exactitud y veracidad de los datos declarados.
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