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ENS - Puerto de entrada en la ue y puerto siguiente

Consulta: 

¿Cuál es el lugar donde debe presentarse la Declaración Sumaria de Entrada ENS?

Respuesta corta: 

El ENS deberá presentarse en la oficina aduanera de primera entrada, es decir, en el primer puerto donde esté previsto que haga escala dentro del territorio aduanero de la UE.

Se entiende por primer puerto de entrada el primer puerto de la UE al que está previsto que llegue el barco procedente de un puerto ajeno a la Unión Europea. Los puertos siguientes se refieren a cualquier puerto comunitario previsto en el itinerario del barco en el que haga escala después de detenerse en el primer puerto comunitario, sin escalas intermedias en ningún puerto no comunitario.

Si el barco hace escala en algún puerto ajeno a la Unión entre puertos comunitarios, se considera que el barco ha salido de la UE y su posterior llegada a un puerto comunitario lo convierte en primer puerto de entrada y no un puerto posterior; debiendo presentarse una nueva ENS antes de la llegada, dentro de los plazos estipulados, para toda la carga transportada.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Art. 127 del Código de la Unión, Reglamento nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
ID: 
137897