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ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS.

Consulta: 

¿Qué entidades se consideran sin fines lucrativos a efectos de la Ley 49/2002 siempre que cumplan los requisitos exigidos en dicha Ley?

Respuesta corta: 

a) Las fundaciones.

b) Las asociaciones declaradas de utilidad publica.

c) Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo reguladas en la Ley 23/1998, que tengan alguna de las dos formas jurídicas anteriores.

d) Delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones.

e) Federaciones deportivas españolas, federaciones deportivas territoriales de ámbito autonómico integradas en aquellas, el Comité Olímpico Español y el Comité Paralímpico Español.

f) Federaciones y asociaciones de las entidades sin fines lucrativos anteriores.

Respuesta extendida: 
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ID: 
137038