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ENTREGA DEL MOTOR DE UNA EMBARCACIÓN DE PESCA

Consulta: 

¿Está exenta la entrega de un motor fueraborda, perteneciente a una embarcación de pesca, para su instalación en una embarcación de recreo?

Respuesta corta: 

La adquisición del motor para su incorporación a un buque pesquero, inscrito en la lista 3º del Registro de inscripción marítima, reservada a los buques pesqueros, estuvo exenta del IVA.

Su posterior transmisión estará sujeta y exenta siempre que el motor esté destinado a su instalación en alguno de los tipos de buques a que se refiere el artº 22. uno.1º, 2º y 3º de la Ley 37/1992, estando sujeta y no exenta cuando se transmita a una embarcación matriculada en la Lista 7ª de dicho Registro, destinada a embarcaciones de recreo.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
128469