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ESCALA GENERAL PARA RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Consulta: 

Gravamen general aplicable a contribuyentes del IRPF residentes en el extranjero.

Respuesta corta: 

La determinación de la cuota íntegra total correspondiente a personas físicas de nacionalidad española que, teniendo la consideración de contribuyentes del IRPF residan en el extranjero, presenta determinadas especialidades respecto del procedimiento liquidatorio, por el hecho de que, al no poder ser considerados residentes en el territorio de ninguna Comunidad Autónoma, éstas carecen de competencia normativa sobre el IRPF aplicable a los mismos.

La base liquidable general para estos contribuyentes, se someterá a gravamen aplicando las escalas general del artículo 63.1 LIRPF y la complementaria del artículo 65, que es la siguiente:

Base

Liquidable

Hasta euros

cuota

íntegra

Euros

Resto Base

Liquidable

Hasta Euros

Tipo Aplicable

Porcentaje

0,00 0,00 12.450,00 10,00
12.450,00 1.245,00 7.750,00 12,50
20.200,00 2.213,75 13.800,00 15,50
34.000,00 4.352,75 26.000,00 19,50
60.000,00 9.422,75 En adelante 23,50

Son contribuyentes del IRPF las personas de nacionalidad española, su cónyuge no separado legalmente e hijos menores de edad que, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 8 y el apartado 1 del artículo 10 de la Ley del IRPF

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
134978