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EXPORTACIÓN DE LIBROS

Consulta: 

Una sociedad, dedicada a la compraventa de libros, vende libros en su propio establecimiento y a través de una librería virtual en Internet, por lo que vende libros a todos los lugares del mundo donde haya conexión. ¿Se puede aplicar la bonificación del artículo 34.1 del TRLIS respecto a la actividad exportadora de libros?

Respuesta corta: 

De acuerdo con el artículo 34.1 del TRLIS, la sociedad tiene derecho a la bonificación por la parte de cuota íntegra que corresponda a las rentas procedentes de la actividad exportadora de los libros que edite.

Puesto que la misma no realiza actividad editorial alguna, sino compraventa de libros nuevos o usados, no tiene derecho a la bonificación por la actividad exportadora que resulte de la venta de libros que no edita.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 34 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0460 - 08 , de 29 de febrero de 2008
ID: 
131063