¿Cómo se justifica el origen de una mercancía que se despacha para su exportación?
Con un certificado que deberá utilizarse para justificar el origen de las mercancías que se exporten:
a) A un país tercero no vinculado por ningún Acuerdo preferencial, o
b) A un país tercero vinculado por un acuerdo preferencial, pero no estando dichas mercancías cubiertas por dicho Acuerdo.
Los certificados de origen a la exportación se expedirán por las Cámaras de Comercio e Industria según las disposiciones nacionales y Comunitarias adoptadas al respecto.
Según establece el punto 2 del artículo 48 del Reglamento de Aplicación los certificados de origen y las solicitudes relativas a los mismos deberán extenderse en los formularios correspondientes a los modelos del Anexo 12 del precitado Reglamento de Aplicación siguiendo las pautas y características en cuanto a su formato establecidas en el artículo 50 (dimensiones, idiomas oficiales, color, etc.).
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