En el caso de fallecimiento de un cónyuge, ¿hay la posibilidad de presentar declaración conjunta de la esposa con el hijo? ¿Y, además, una declaración individual del fallecido por el período en que estuvo vivo?
Sí. Cuando se produzca el fallecimiento de alguno de los miembros de la unidad familiar durante el período impositivo se tienen las siguientes opciones:
a) Presentar declaraciones individuales por todos los miembros de la unidad familiar.
b) Presentar por el fallecido declaración individual y una conjunta por los integrantes de la unidad familiar el 31 de diciembre (esposa e hijo).
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