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FONDOS INTERNOS

Consulta: 

¿A qué período impositivo se imputan los gastos por provisiones y fondos internos para la cobertura de contingencias idénticas o análogas a las que son objeto de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones?

Respuesta corta: 

Los gastos por provisiones y fondos internos para la cobertura de contingencias idénticas o análogas a las que son objeto del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, en los supuestos en los que procedan, serán imputables en el período impositivo en que se abonen las prestaciones.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 19 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Disposición adicional octava Ley 16 / 2007 , de 04 de julio de 2007 .
ID: 
128285