• English
  • Español

GASTOS MANUTENCIÓN Y DESPLAZAMIENTO TRABAJADORES SUBCONTRATADOS

Consulta: 

¿Tienen la consideración de gasto fiscalmente deducible los importes pagados por una entidad en concepto de comidas y desplazamiento de los trabajadores de una empresa subcontratada para la prestación de determinados servicios?

Respuesta corta: 

Los importes abonados en concepto de comidas y desplazamientos de los trabajadores de las empresas subcontratadas serán fiscalmente deducibles siempre y cuando se pruebe que dichos gastos responden a los fines de la entidad, estén debidamente contabilizados y justificados y se encuentren correlacionados con los ingresos.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 15 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2665 - 10 , de 13 de diciembre de 2010
ID: 
134515