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POR GASTOS EN PRIMAS DE SEGUROS INDIVIDUALES DE SALUD

Consulta: 

¿En qué consiste la deducción autonómica por gastos en primas de seguros individuales de salud?

Respuesta corta: 

Los contribuyentes residentes en Aragón pueden aplicar una deducción del 10 por 100 de los gastos satisfechos en el año por primas de seguros individuales de salud que tengan carácter voluntario, y cuyos beneficiarios sean el propio contribuyente, el cónyuge o los hijos que otorguen el derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.

Para poder aplicar la deducción, la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no puede ser superior a 30.000 euros si la tributación es individual o a 50.000 euros en caso de tributación conjunta.

Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la deducción por los gastos derivados de primas de seguros de salud de sus hijos, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales.

No puede aplicarse la deducción por los gastos satisfechos en concepto de primas de seguros de asistencia dental.

Respuesta extendida: 
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ID: 
135956