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GESTIÓN DE RESIDUOS DE ELECTRODOMÉSTICOS

Consulta: 

¿Es deducible la dotación a la provisión para hacer frente a la obligación de financiar la gestión de los residuos procedentes de los electrodomésticos vendidos?

Respuesta corta: 

El PGC considera como provisiones por actuaciones medioambientales las obligaciones legales, contractuales o implícitas de la empresa o compromisos obtenidos por la misma, de cuantía indeterminada, para prevenir o reparar daños sobre el medio ambiente, salvo los que tengan su origen en el desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado.

La norma sexta de la Resolución de 25 de marzo de 2002 del ICAC, por la que se aprueban normas para el reconocimiento, valoración e información de los aspectos medioambientales en las cuentas anuales, establece:

1. Motivarán el registro de una provisión de naturaleza medioambiente, los gastos originados en el mismo ejercicio o en otro anterior, claramente especificados en cuanto a su naturaleza medioambiental, pero que, en la fecha de cierre del ejercicio, sean probables o ciertos pero indeterminados en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se producirán.

2. En función de la información disponible, el importe de dicha provisión será la mejor estimación posible del gasto necesario para hacer frente a la obligación en la fecha de cierre del balance. (...).

Respecto de la deducibilidad fiscal de dicha provisión, es preciso tener en cuenta la corrección al resultado contable prevista en el artículo 14 de la LIS que establece lo siguiente:

3. No serán deducibles los siguientes gastos asociados a provisiones:

a) Los derivados de obligaciones implícitas o tácitas.

(…)

4. Los gastos correspondientes a actuaciones medioambientales serán deducibles cuando se correspondan a un plan formulado por el contribuyente y aceptado por la Administración Tributaria. (...).

En consecuencia, la deducción en el Impuesto sobre Sociedades del gasto correspondiente a esta provisión por actuaciones medioambientales queda condicionada a la solicitud y aprobación administrativa del referido plan. En caso contrario, el gasto correspondiente a esta provisión se integraría en la base imponible del periodo impositivo en el que se aplique la provisión a su finalidad, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 14 de la LIS.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 14 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0678 - 09 , de 02 de abril de 2009
ID: 
134620