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GRAVAMEN ESPECIAL

Consulta: 

¿A qué gravamen especial estará sometida la entidad que haya optado por la aplicación de este régimen especial?

Respuesta corta: 

Para períodos impositivos iniciados a partir del 1/1/2013, la entidad estará sometida a un gravamen especial del 19% sobre el importe íntegro de los dividendos o participaciones en beneficios distribuidos a los socios cuya participación en el capital social de la entidad sea igual o superior al 5%, cuando dichos dividendos, en sede de sus socios, estén exentos o tributen a un tipo de gravamen inferior al 10%. Dicho gravamen tendrá la consideración de cuota del Impuesto sobre Sociedades.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no resultará de aplicación cuando el socio que percibe el dividendo sea una entidad a la que resulte de aplicación la Ley 11/2009.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 9 Ley 11 / 2009 , de 26 de octubre de 2009 .
Disposición final 8ª Ley 16 / 2012 , de 27 de diciembre de 2012 .
ID: 
129996