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IAE - Abrigos de piel en hoteles

Consulta: 

Clasificación de una empresa que se dedica temporalmente a la venta al por menor de abrigos de piel en hoteles de diferentes municipios de España.

Respuesta corta: 

Deberá clasificarse en el epígrafe 663.3 de la Sección 1 (comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de calzado, pieles y articulos de cuero).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Epigrafe 663 .3 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Regla 5 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108991