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IAE - Agentes comerciales y comisionistas

Consulta: 

¿Debe un comisionista darse de alta en el epígrafe 511 de la Sección 2ª, como agente comercial, o podría también estar de alta en el epígrafe 599 de dicha Sección (otros profesionales relacionados con el comercio y la hostelería n.c.o.p.)?

Respuesta corta: 

El epígrafe 511 de la Sección 2 (agentes comerciales) sólo corresponde a los agentes comerciales colegiados.

En caso contrario el comisionista deberá clasificarse por el grupo 599 de la Sección 2 (otros profesionales relacionados con el comercio y la hostelería n.c.o.p.).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 8 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
DGCHT 562
ID: 
109502