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IAE - Agricultura: viveros de plantas

Consulta: 

¿Está sujeta la actividad de cultivos de plantas y flores en viveros para su venta?

Respuesta corta: 

La actividad descrita tiene la consideración de actividad agrícola y no constituye hecho imponible del citado impuesto. La no sujeción de estas actividades comprende también las ventas de los productos de las respectivas explotaciones, siempre que tales ventas se efectúen por sus titulares en los lugares en que radiquen las mismas.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 78 Real Decreto Legislativo 2 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
ID: 
108253