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IAE - Alquiler de industria o negocio

Consulta: 

Tributación de un arrendamiento de industria consistente en un edificio destinado a actividades de hostelería y del mobiliario necesario para el desarrollo de las actividades, en el supuesto que el sujeto pasivo no esté exento por esta actividad.

Respuesta corta: 

El arrendamiento del edificio está clasificado en el epígrafe 861.2 (alquiler de locales industriales y otros alquileres n.c.o.p.). Además, por el arrendamiento de bienes muebles para su utilización en la actividad hotelera deberá tributar por tantas cuotas cuantos arrendamientos distintos se practiquen. Por ejemplo:

a) Por la maquinaria y equipos hoteleros: Grupo 859.

b) Por la maquinaria y equipo contable, oficina y calculo electrónico: Grupo 853.

c) Por los bienes de consumo, como artículos y aparatos del hogar (incluso mobiliario salvo de oficina) ropa de cama y mesa, material deportivo, etc.,: Epígrafe 856.1.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Agrupación 85 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
DGCHT 894
ID: 
109193