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IAE - Autoservicio que elabora productos

Consulta: 

¿Está facultado para elaborar productos cárnicos, un contribuyente clasificado en el epígrafe 647.2 (autoservicio)?

Respuesta corta: 

No. Para elaborar los productos cárnicos que comercializa deberá también clasificarse por la rúbrica que corresponda del grupo 642 de la Sección 1.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Grupo 642 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108967