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IAE - Cabezas ganado. cómputo

Consulta: 

  1. Explotación de ganado porcino con ciclo productivo que oscila entre 4 y 6 meses. Forma de computar los animales según lo dispuesto en la regla 7 punto 2 y la nota común de la agrupación 03.
  2. Número de cabezas a consignar en el alta por un contribuyente que adquiere, engorda y vende 200 animales. El ciclo se repite tres veces al año.

Respuesta corta: 
  1. El cómputo de los animales debe realizarse en función de la capacidad de una explotación para mantener simultáneamente a lo largo de un año, un número determinado de cabezas de ganado, con exclusión del numero de cabezas que sucesivamente sean objeto de la explotación, existiendo la limitación, en cuanto al cómputo de los animales nacidos en el año, de no considerar aquellos con edad inferior a cuatro meses.
  2. En eL segundo caso deben consignarse 200 cabezas de ganado.
Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Anexo I Real Decreto Legislativo 1259 / 1991 , de 02 de Agosto de 1991 .
ID: 
108718