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IAE - Cables submarinos

Consulta: 

Actividad consistentes en la reparación y tendido de cables submarinos de comunicaciones.

Respuesta corta: 

El tendido de cables submarinos de comunicación se clasifica en el epígrafe 504.1 de la Sección 1 (instalaciones eléctricas en general. Instalación de redes telegráficas, telefónicas, telefonía sin hilos y televisión. Instalaciones de sistemas de balización de puertos y aeropuertos).

La reparación de dichos cables submarinos se clasifica en el grupo 699 de la Sección 1 (otras reparaciones n.c.o.p.).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Epigrafe 504 .1 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Grupo 699 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108830