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IAE - Carburantes y combustibles

Consulta: 

  1. Clasificación del suministro de carburante a pie de obra por una estación de servicio mediante un camión, sin petición previa por los adquirentes y sin incrementar el precio.
  2. Propietario de gasolinera que vende gasóleo para calefacción y carburantes para vehículos. Recibe una comisión por volumen de ventas del mayorista, a cuyo nombre se emiten las facturas. ¿Qué epígrafe le corresponde?

Respuesta corta: 
  1. El suministro de carburante a pie de obra por una estación de servicio mediante un camión, sin petición previa por los adquirentes y sin incrementar el precio se clasifica en el epígrafe 655.3 de la Sección 1 de las tarifas (comercio al por menor de carburantes para el surtido de vehículos y aceites y grasas lubricantes).
  2. Al propietario de gasolinera que vende gasóleo para calefacción y carburantes para vehículos le corresponden los siguientes epígrafes de la Sección 1: el 655.1 (comercio al por menor de combustibles de todas clases, excepto gases y carburantes por la venta de gasóleo de calefacción) y el 653.3 (comercio al por menor de carburantes para el surtido de vehículos y aceites y gases lubricantes por la venta de carburante para vehículos)

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 4 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108984