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IAE - Construcción y fabricación de hormigón

Consulta: 

Una empresa constructora de carreteras fabrica el hormigón que destina exclusivamente en la construcción de las mismas, ¿debe de darse de alta como construcción y además como fabricante de hormigón?

Respuesta corta: 

Sí. Debe darse de alta por las dos actividades, por la construcción, en el epígrafe 501.2 de la Sección 1 (construcción completa, reparación y conservación de obras civiles), y por la fabricación del hormigón destinado a sus obras, en el epígrafe 243.1 de la Sección 1 (fabricación de hormigones preparados).

La empresa puede optar, por darse de alta sólo en el grupo 507 (construcción, reparación y conservación de toda clase de obras), que faculta para ejercer todas las actividades clasificadas en la división 5 (construcción), así como la de fabricación de hormigones, siempre que se fabriquen en instalaciones que funcionen sólo durante la obra y se empleen exclusivamente en la misma.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Epigrafe 243 .1 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Epigrafe 501 .2 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Grupo 507 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108835