Empresa que utiliza los servicios de un tercero para almacenaje de sus productos. ¿Debe tributar por estos almacenes?
No. Serán los sujetos pasivos no exentos del impuesto que prestan los servicios de almacenaje quienes deberán matricularse en los distintos epígrafes del grupo 754 de la Sección 1 (depósitos y almacenamiento de mercancías), computando la superficie de los almacenes en los que ejercen su actividad, no teniendo las personas o entidades que utilizan dichos servicios de almacenamiento que darse de alta en dichos epígrafes ni considerar dichos almacenes como locales afectos indirectamente a sus actividades.
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