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IAE - Edificaciones y obras civiles

Consulta: 

¿Qué diferencia hay entre edificaciones y obras civiles a efectos de clasificación en el impuesto?

Respuesta corta: 

Edificaciones son edificios destinados a viviendas, edificios comerciales y públicos, edificios relacionados con el transporte y almacenaje, edificios industriales, etc. Su construcción, reparación y conservación está clasificada en el epígrafe 501.1 de la Sección 1.

Las obras civiles son obras públicas y de ingeniería civil, como carreteras, aeropuertos, puertos, presas, etc. Su construcción, reparación y conservación está clasificada en el epígrafe 501.2 de la Sección 1.

Si un contribuyente realiza actividades de construcción, reparación y conservación tanto en edificaciones como en obras civiles deberá clasificarse en todos y cada uno de los epígrafes correspondientes a las actividades que realice o bien, únicamente, en el grupo 507 de la Sección 1 (construcción, reparación y conservación de toda clase de obras).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Grupo 501 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Grupo 507 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108837