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IAE - Enseñanza

Consulta: 

¿Cómo se computa, a efectos del elemento tributario superficie, el patio descubierto, la sala de profesores, los servicios, comedores, etc. de un colegio?

Criterios de imputación de la superficie de los locales en los que concurren modalidades de enseñanza exentas y no exentas del impuesto.

Respuesta corta: 
  • El patio descubierto se computa al 20%.
  • La superficie construída dedicada a la enseñanza se computa al 50%.
  • la superficie no afecta directamente a la actividad de enseñanza se computa al 100%.

Los criterios para imputar la superficie que corresponde directamente a cada modalidad de enseñanza serán aquellos que, basándose en criterios objetivos y demostrables, mejor indiquen la superficie directamente ocupada por cada modalidad, pudiendo realizarse el prorrateo, a título de ejemplo, en función del número de aulas en las que se imparten las distintas modalidades de enseñanza o del número de alumnos que reciben enseñanza en las mismas.

Por último, la reducción a que se refiere la regla 14.1.f.b.4. es aplicable a todo tipo de enseñanza, sea reglada o no.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 14 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
DGCHT 191
ID: 
108638