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IAE - Enseñanza reglada. concepto

Consulta: 

¿Qué se entiende por enseñanza reglada?

Respuesta corta: 

La que desarrolla unos planes de estudios regulados por una Administración, educativa o no, que autorice, controle y supervise la impartición de esas enseñanzas; esos planes pueden tener como objetivo la obtención de un título y deben tener determinadas sus equivalencias con el sistema educativo general si se trata de planes regulados por una administración no educativa.

La Administración debe establecer:

  1. Criterios para la autorización de los centros y autorizarlos con esos criterios.
  2. Requisitos de preparación para los alumnos previos al acceso y haber previsto un proceso de evaluación de esos alumnos.
  3. Titulación del profesorado y
  4. Sistema de supervisión o inspección.

Además, enseñanza reglada no es exclusivamente, la enmarcada dentro de los planes de estudio del Ministerio de Educación y Ciencia ya que hay que incluir los diseñados y desarrollados por cualquier otra Administración y por tal se entiende no sólo las educativas (M.E.C., Autonómicas), sino aquellas dependientes de otros Ministerios: Defensa (enseñanzas militares), etc. También serían enseñanzas regladas las que permiten obtener otros títulos oficiales expedidos por órganos estatales o autonómicos que tengan reconocida esta competencia siempre que se cumplan todas las condiciones expresadas anteriormente y queden establecidas las equivalencias con el sistema educativo general.

Por el contrario no tienen la consideración de enseñanza reglada, por ejemplo, las materias impartidas por academias o centros de estudios tales como: enseñanza para la obtención de permisos de conducir, títulos de azafata, oposiciones en general, cursos de fiscalidad

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Informe del Ministerio de Educación y Ciencia de 8 de octubre de 1996
ID: 
109324