Los profesionales constituidos en entidades del art. 35.4 L.G.T., ej.: médicos, abogados, etc. ¿Han de presentar alta cada uno de ellos en la Sección 2, simultáneamente al alta de la entidad en la Sección 1?
La entidad debe presentar un alta en la Sección 1 según la actividad que realice.
- Si los socios o comuneros realizan su trabajo exclusivamente para la comunidad de bienes y es ésta la que ejerce la actividad económica por cuenta propia frente a los clientes prestando a los mismos el servicio, será la comunidad y no los comuneros quien tenga que darse de alta.
- Si, además de trabajar para la comunidad de bienes, los socios o comuneros ejerciesen también la actividad por cuenta propia, tanto la comunidad como cada uno de los socios estarían obligados a darse de alta.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!