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IAE - Etiquetado y empaquetado de prendas de vestir

Consulta: 

Epígrafe correspondiente a la actividad de etiquetado y empaquetado de prendas de vestir ya confeccionadas.

Respuesta corta: 

La actividad de etiquetado y empaquetado de prendas de vestir ya confeccionadas no se halla específicamente contemplada en las tarifas, por lo que de conformidad con la regla 8ª debe incluirse provisionalmente en el grupo 453 (confección en serie de toda clase de prendas de vestir y sus complementos) de la Sección 1ª de las tarifas.

Cuando el sujeto pasivo no esté exento del impuesto y realice la actividad citada exclusivamente para terceros y por encargo, con un número de obreros inferior a 10, la cuota será del 25% de la asignada al grupo. Si el número de obreros fuese superior a 9 e inferior a 25, la cuota será del 50% de la asignada al grupo.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Grupo 453 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Regla 8 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108825