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IAE - Extintores de incendios

Consulta: 

Clasificación del comercio menor de extintores de incendios y del servicio de mantenimiento realizado por el mismo titular.

Respuesta corta: 

El comercio menor se clasifica en el epígrafe 653.3 de la Sección 1ª (comercio al por menor de toda clase de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos)).

El servicio de mantenimiento y reparación de dichos elementos se clasificará en el epígrafe 691.9 de la Sección 1ª (reparación de otros bienes de consumo n.c.o.p.).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Epígrafe 653 .3 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Epígrafe 691 .9 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
DGCHT 2350
ID: 
108936