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IAE - Flores secas y artificiales

Consulta: 

¿Qué epígrafe corresponde al comercio mayor de flores secas y plantas artificiales?

Respuesta corta: 

El comercio al por mayor de flores secas se clasifica en el epígrafe 612.2 de la Sección 1 (comercio al por mayor de cereales, simientes, plantas, ....).

El comercio al por mayor de plantas artificiales se clasifica en el epígrafe 614.3 (comercio al por mayor de productos para el mantenimiento y funcionamiento del hogar).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Epigrafe 612 .2 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Epigrafe 614 .3 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Consulta de la D.G.T. 2309 - 2001 , de 27 de Diciembre de 2001
DGCHT 842
ID: 
108900