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IAE - Gasolineras

Consulta: 

¿Cómo debe computarse la superficie ocupada por las gasolineras? ¿Y la de los depósitos subterráneos?

Respuesta corta: 

La superficie ocupada por la parte edificada se computará íntegramente.

Las zonas destinadas a la prestación de los servicios que incluyen habitualmente las gasolineras se computan al 20%.

No se computan los viales de acceso fuera de las zonas de prestación de los servicios.

Los depósitos subterráneos de las gasolineras se computan, como depósitos cubiertos o construidos, al 55 por 100.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 14 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108593