¿Cómo debe computarse la superficie ocupada por las gasolineras? ¿Y la de los depósitos subterráneos?
La superficie ocupada por la parte edificada se computará íntegramente.
Las zonas destinadas a la prestación de los servicios que incluyen habitualmente las gasolineras se computan al 20%.
No se computan los viales de acceso fuera de las zonas de prestación de los servicios.
Los depósitos subterráneos de las gasolineras se computan, como depósitos cubiertos o construidos, al 55 por 100.
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