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IAE - Inmuebles sin valor catastral

Consulta: 

¿Cómo se calculan las cuotas en la actividad de arrendamiento de inmuebles en el caso de que los citados inmuebles no dispongan todavía de valoración catastral?

Respuesta corta: 

Para determinar la cuota que corresponde a la actividad de alquiler de inmuebles es necesario que exista y que se conozca el valor catastral. La ausencia de dicho elemento tributario supone:

a) Que no es posible determinar la cuota que corresponde a la referida actividad y

b) Que tampoco es posible establecer si los sujetos pasivos por dicha actividad se encuentran en situación de tributar o no por cuota cero.

Por tanto, los titulares de la actividad de arrendamiento de inmuebles cuando éstos estén pendientes de valoración catastral no deben clasificarse en el I.A.E hasta que les sea asignado el valor catastral correspondiente.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Agrupación 86 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
DGCHT 681
ID: 
109191