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IAE - Máquinas recreativas

Consulta: 

Las máquinas recreativas ¿son un elemento tributario? ¿Cómo afectan las oscilaciones en más o en menos no superiores al 20%?

Respuesta corta: 

Las máquinas recreativas son elementos tributarios.

Las alteraciones no superiores al 20% no alteran la cuota, no siendo obligatorio, en consecuencia, presentar declaración de variación.

En su caso, la variación del elemento tributario máquinas recreativas se calcula conjuntamente sobre el total de las dedicadas a la actividad, no por separado según sean de tipo A, B o C

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 14 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108549