Teniendo como objeto social, entre otros, la prestación de servicios por teletransmisión de datos, de telecomunicación por medio de satélites artificiales y otros servicios de telecomunicación, se va a facilitar a una entidad no residente la integración en la Red TPV que tiene suscrita con una entidad financiera, para que aquélla realice sus operaciones de cambio de divisa. Asimismo, la entidad que cede la integración le prestará también el servicio de gestión de cobro de dichas operaciones.
En principio se cuentan diferentes operaciones y por ello el sujeto pasivo estará sujeto al Impuesto sobre Actividades Económicas en función de las actividades que efectivamente realice.
- Por el servicio de subarrendamiento de los terminales TPV, se clasificará y tributará por el grupo 859, Alquiler de otros bienes muebles n.c.o.p (sin personal permanente), de la sección 1ª de las Tarifas.
Por la actividad consistente en prestar servicios de conexión a la red internet, se clasificará y tributará por el grupo 769, Otros servicios de telecomunicación, de la sección 1ª de las Tarifas.
Por la actividad consistente en la prestación de servicios de gestión de cobro de las operaciones de cambio de divisas, se clasificará y tributará por el epígrafe 849.9, Otros servicios independientes, n.c.o.p. de la sección 1ª de las Tarifas.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!